CFDI versión 4.0, a partir del 1 de enero de 2022
Información actualizada el 4 de Enero 2022
Conoce las características que tendrá la factura electrónica en 2022.
A partir del 1 de enero de 2022 se actualiza el esquema de factura electrónica y se robustece con el fin de fortalecer las herramientas tecnológicas para simplificar el cumplimiento de las normas tributarias.
Beneficios para el Contribuyente
Reportar información mas completa y correcta al SAT contenida en el CFDI que expidan, a efecto de recibir mejores servicios.
Facilitar la presentación de declaraciones con información prellenada derivado de la información contenida en los CFDI.
Beneficios para la Autoridad
Fortalecer la calidad de la información que recibe el SAT de los contribuyentes con respecto de los CFDI emitidos.
Aumentar el grado de aprovechamiento de la información recibida para que las áreas fiscalizadoras puedan revisar y tomar acciones.
CFDI versión 4.0
Los cambios que tendrá la factura electrónica a partir del 1 de enero de 2022:
Cambia de la versión 3.3 a la 4.0.
Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor. Para conocer a detalle qué debes cuidar de los datos del Receptor, consulta el documento Datos del Receptor.
Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
Entrada en Vigor
Te recordamos que la vigencia, para la entrada en vigor de forma obligatoria, será hasta el 1 de mayo de 2022, por lo que del 1 de enero al 30 de abril de 2022, podrás seguir timbrando tus documentos en la versión 3.3 del Anexo 20, así como 1.0 del Complemento de Pagos (REP) y CFDI de Retenciones e Información de Pagos Versión 1.0, ya que habrá periodo de convivencia entre ambas versiones.
Cambios en el CFDI 4.0
Se modifica el esquema del CFDI actualizando la versión a la 4.0. Se incluyen nuevos atributos para efectos de
Exportación
Facturación a través de adquirentes
Domicilio fiscal del receptor y su régimen fiscal
Si cada concepto es objeto de impuesto o no
Un cambio estructural consiste en la incorporación de dos nuevos nodos:
Información global: Para los comprobantes globales expedidos a público en general
A cuenta de terceros: La información que se pide para efectos de los pagos por cuenta de terceros se incluye en el cuerpo del CFDI.
Tipos de Relación
Se cambia la secuencia para que se permita agregar más de una vez este nodo, para poder relacionar en un CFDI más de un tipo de relación.
Como parte de estos cambios se prevén nuevas reglas de validación, así como la inclusión de nuevos catálogos.
Comprobante de Retenciones e Información de Pagos 2.0
Se modifica la constancia de retenciones para incluir el domicilio fiscal del receptor y un nuevo nodo para relacionar CFDI.
En este sentido se prevén nuevas reglas de validación e inclusión de nuevos catálogos.
El CFDI que ampara retenciones información de pagos
La versión será la 2.0.
Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
Permitirá relacionar otros CFDI.
Complemento de pagos 2.0
Se actualiza también el Complemento para Recepción de Pagos (CRP) a la versión 2.0, con cambios relativos a los impuestos a nivel concepto, previendo también nuevas reglas de validación y nuevos catálogos.
La versión será 2.0.
Se incluyen nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.
Se agrega un nuevo nodo Base, para señalar la suma Base de los conceptos del impuesto trasladado. No se permiten valores negativos.
Cancelación de documentos
En materia de cancelación de documentos se incluye el motivo de cancelación (con claves de un nuevo catálogo), así como el folio fiscal que sustituye al comprobante cancelado.
Se adecuan las validaciones para limitar la cancelación solamente al ejercicio en que se haya emitido, tal como lo plantea la reforma para 2022 en esta materia. Para conocer más puedes ver el Nuevo Esquema de Cancelación.
Documentación técnica
La documentación técnica y los cambios específicos ya han sido dados a conocer por el SAT en su página de Internet.
Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículo 29 y 29-A.
Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.7.1.2 y anexo 20.
Regla 2.7.1.7 de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.
Fuente: SAT