¿Cuáles son los cambios fiscales CFDI 4.0 que más impactarán?
Anexo 20, Complemento de Pago (REP), Servicio de Cancelaciones y CFDI de Retenciones e Información de Pagos
El pasado 26 de octubre fue aprobado el decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones fiscales, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y Código Fiscal de la Federación, entre otros ordenamientos.
Las modificaciones fiscales que más impactan a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) son:
CFF Artículo 29-A, CANCELACION de CFDI
Salvo que las disposiciones fiscales prevean un plazo menor, los comprobantes fiscales digitales por Internet sólo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan y siempre que la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.
Cuando los contribuyentes cancelen comprobantes fiscales digitales por Internet que amparen ingresos, deberán justificar y soportar documentalmente el motivo de dicha cancelación, misma que podrá ser verificada por las autoridades fiscales en el ejercicio de las facultades establecidas en este Código.
CFF Artículo 29-A, Fracción V
V. ... Cuando exista discrepancia entre la descripción de los bienes, mercancías, servicio o del uso o goce señalados en el comprobante fiscal digital por Internet y la actividad económica registrada por el contribuyente en términos de lo previsto en el artículo 27, apartado B, fracción II de este Código, la autoridad fiscal actualizará las actividades económicas y obligaciones de dicho contribuyente al régimen fiscal que le corresponda. Los contribuyentes que estuvieran inconformes con dicha actualización, podrán llevar a cabo el procedimiento de aclaración que el Servicio de Administración Tributaria determine mediante reglas de carácter general.
Artículo 29-A, IV,
La clave del Registro Federal de Contribuyentes, nombre o razón social; así como el código postal del domicilio fiscal de la persona a favor de quien se expida, así mismo, se debe indicar la clave del uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal.
Debido a lo anterior el SAT modificará los siguientes estándares de los Documentos Fiscales Digitales como son:
Anexo 20: Pasa de versión 3.3 a 4.0
Complemento de Pagos (REP): Pasa de versión 1.0 a 2.0
CFDI de Retenciones e Información de Pagos: Pasa de versión 1.0 a 2.0
Servicio de Cancelación de CFDI: Se incorporan nuevas reglas
A manera de resumen los cambios serán los siguientes:
Ahora se podrán incorporar varios Tipos de relación en un CFDI
Se agrega el nodo de Impuestos al Complemento de Recepción de Pagos, así como los totales de los Impuestos correspondientes a un pago
El Complemento Concepto por cuenta de terceros pasa a ser un nodo dentro del Anexo 20
Se agrega en un nodo la información de la Factura Global
Se actualiza el catálogo de Uso de CFDI, agregándose la columna del Régimen Fiscal del Receptor
Se agrega el Régimen Fiscal para el Receptor
El nombre del Emisor y Receptor cambian de opcional a requerido
Se agrega el Código Postal del Receptor
Se limita la cancelación del CFDI al año fiscal en que fueron emitidos
Se debe agregar el motivo de la cancelación, de acuerdo al catálogo proporcionado por el SAT
Ahora podrás especificar en el CFDI si los bienes o servicios son o no objeto de impuesto