Assesor

View Original

Acuerdo que actualiza la Carta Porte en Autotransporte Federal

Hoy en el DOF, el acuerdo por el que se actualiza la Carta de Porte en Autotransporte Federal y sus servicios auxiliares.

Observaciones relevantes

  1. Se abroga la "circular” por la que se aprueban los modelos de Carta de Porte-Traslado pre-impresa y Carta de Porte o Comprobante para Amparar el Transporte de Mercancías Digital por Internet (CFDI) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2015.

  2. Es acorde al plan nacional de desarrollo 2019-2024.

  3. Independiente del cumplimiento específico sobre carta porte, la autotransportación deberá cumplir con toda ley ó reglamento que se relacione.

  4. Se trata de proveer a la población de un autotransporte seguro, en particular a las regiones de menor crecimiento.

  5. Se instalarán puestos fijos de revisión donde se verificará que se cumplan los requisitos mínimos, tanto en documentación como seguridad de las mercaderias y de las personas. La SCT verificará en Centros Fijos de Verificación de Peso y Dimensiones y a través de visitas de inspección, el cumplimiento del complemento Carta Porte incorporado al CFDI de tipo traslado o de ingreso, según corresponda. La Guardia Nacional podrá realizar verificaciones cuando las mercancías sean transportadas en vehículos o unidades motrices que circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.

  6. Se enlistan las Condiciones de Prestación de Servicios y su corresponsabilidad entre Transportista y Contratante

Contrato

Entre los puntos mas relevantes que deberá contener el contrato, se encuentran:

  1. En caso de que la mercancía o efectos no se recojan de una vez, se expresará en el contrato que el transportista decidirá el lugar en que quedará depositada.

  2. Si el transportista es detenido, mas las mercancías no son prohibidas, el usuario, el remitente, expedidor o consignatario están obligados a proveer de toda la documentación necesaria al transportista.

  3. La SCT, a través de un acto administrativo, atentederá las quejas que hubiere respecto al particular.

Fuente: DOF